La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una actualización del 16,8% en las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. La suba alcanza tanto a los topes máximos de facturación anual como a las cuotas mensuales, fijando los parámetros que rigen para la recategorización correspondiente al segundo semestre de 2026 y cuyos montos impactarán en los vencimientos a partir de agosto.
Aunque la categorización se define formalmente en función de los ingresos brutos acumulados en los últimos 12 meses, la división anual por doce ofrece un tope de referencia orientativo para el control mes a mes.
Topes de facturación mensual orientativa por categoría
Con la actualización del 16,8%, los límites mensuales sugeridos quedan configurados de la siguiente manera:
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Categoría A: hasta $1.000.784,20
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Categoría B: hasta $1.466.265,23
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Categoría C: hasta $2.055.874,53
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Categoría D: hasta $2.552.387,62
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Categoría E: hasta $3.002.352,61
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Categoría F: hasta $3.762.638,28
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Categoría G: hasta $4.499.649,91
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Categoría H: hasta $6.827.055,03
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Categoría I: hasta $7.641.646,83
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Categoría J: hasta $8.751.043,27
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Categoría K: hasta $10.550.903,23
Parámetros adicionales y control de ingresos devengados
Desde ARCA recordaron que el encuadre en cada escala no responde exclusivamente al nivel de facturación, sino que también deben considerarse otros parámetros físicos y de costos:
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Parámetros físicos y de gastos: Superficie afectada al desarrollo de la actividad, energía eléctrica consumida anualmente y el monto acumulado por alquileres devengados.
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Criterio de facturación (ingresos devengados): Se computa la totalidad de los comprobantes emitidos en los últimos doce meses, independientemente de si fueron cobrados o no. Exceder el promedio estimado en un mes puntual no determina la exclusión automática siempre que el acumulado de los doce meses permanezca dentro del límite de la categoría.
En caso de superar los límites de la máxima categoría habilitada, el contribuyente deberá ser recategorizado o tramitar el traspaso al Régimen General (IVA y Impuesto a las Ganancias).



