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lunes, mayo 25, 2026

ARCA Lanza «IVA Simple» para Agilizar la Declaración del Impuesto

Desde este lunes, la Administración de Recaudación de Contribuciones Argentinas (ARCA) implementó «IVA Simple», una nueva herramienta destinada a simplificar y agilizar la determinación del Impuesto al Valor Agregado. La iniciativa, que entró en vigencia a través de la Resolución General 5705/2025 publicada en el Boletín Oficial, busca optimizar el proceso para los contribuyentes.

El flamante esquema se centra en una declaración jurada única (Formulario F. 2051). Este documento será precargado por ARCA con la información disponible, y los contribuyentes tendrán la posibilidad de confirmar, agregar o modificar dichos datos. Este nuevo formulario reemplaza a los cuatro utilizados actualmente (F. 731, 810, 2002 y 2082), integrando además el Libro de IVA Digital y consolidando toda la información en un solo lugar.

Según explicó ARCA, el funcionamiento de «IVA Simple» se divide en dos etapas automatizadas:

  1. Registro electrónico: Con carga automática de operaciones de compras y ventas, utilizando datos provistos por ARCA o importados desde sistemas propios del contribuyente.
  2. Determinación del impuesto y del saldo resultante: En esta fase, se informarán las condiciones para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas a través del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) y el Sistema de Control de Retenciones (SICORE, al igual que otros datos registrados en las bases de ARCA, como pagos a cuenta y saldos a favor.

Beneficios clave para los contribuyentes

ARCA destacó que esta simplificación traerá importantes ventajas:

  • Reducción del 75% en formularios requeridos.
  • Eliminación de la carga manual de datos.
  • Proceso completamente digital.
  • Menor posibilidad de errores en la carga.
  • Ahorro significativo de tiempo administrativo.

Cronograma de implementación

La implementación de «IVA Simple» se llevará a cabo en fases:

  • Junio 2025: Disponibilidad del sistema.
  • Junio-Octubre 2025: Período de transición opcional.
  • Noviembre 2025: Implementación obligatoria para todos los responsables inscriptos.

Es importante señalar que los contribuyentes exentos continuarán utilizando únicamente el Libro IVA Digital.

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