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martes, mayo 26, 2026

Jubilación para personal doméstico: Guía completa para iniciar el trámite en San Juan

El Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Asesoramiento Previsional, detalló los requisitos y la documentación necesaria para que trabajadores de casas particulares accedan al beneficio jubilatorio.

El trámite está dirigido a quienes realizan tareas de limpieza, mantenimiento, asistencia personal o cuidado no terapéutico de personas. Para acceder, los requisitos de edad son los habituales: mujeres a partir de los 60 años y hombres a partir de los 65, contando en ambos casos con 30 años de aportes.

Documentación obligatoria (Formularios)

Para iniciar la gestión, se deben presentar los siguientes formularios específicos:

  • PS 6.293: Certificación del dador de trabajo (firmada y certificada).

  • PS 6.294: Declaración Jurada sobre documentación (con pruebas de respaldo).

  • PS 6.292: Declaración Jurada del solicitante por cada empleador tenido.

Pruebas de la relación laboral

Además de los formularios, se deben aportar documentos que acrediten el trabajo realizado, tales como:

  • Recibos de sueldo y boletas de depósito.

  • Libreta sanitaria y de trabajo.

  • Constancias de afiliación sindical y de obra social.

  • Formularios de ARCA (ex AFIP): 102B, 102RT, 575B, 575RT, según corresponda.

  • Constancias de transferencias bancarias o VEP.

Dato Clave: Las contribuciones deben ser iguales o mayores a la cuota de 16 horas semanales. Si se trabajó menos tiempo, la Dirección de Asesoramiento Previsional ayudará a confeccionar un formulario para pagar la diferencia y completar el requisito.


¿Dónde y cómo realizar el trámite?

La atención es presencial en la ciudad de San Juan:

  • Lugar: Casa de Gobierno, Pabellón N°5 (Calle P.A. de Sarmiento 134 Norte).

  • Horario: Lunes a viernes de 7:30 a 14:30 h.

  • Requisitos mínimos para asistir: Llevar DNI original, tener activa la Clave de Seguridad Social (ANSES) y la Clave Fiscal (ARCA/AFIP).

Recomendación oficial: Se sugiere iniciar estas gestiones con tiempo de antelación y no esperar al mes exacto del cumplimiento de la edad jubilatoria para evitar demoras en la acreditación de años de servicio.

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