El Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Asesoramiento Previsional, detalló los requisitos y la documentación necesaria para que trabajadores de casas particulares accedan al beneficio jubilatorio.
El trámite está dirigido a quienes realizan tareas de limpieza, mantenimiento, asistencia personal o cuidado no terapéutico de personas. Para acceder, los requisitos de edad son los habituales: mujeres a partir de los 60 años y hombres a partir de los 65, contando en ambos casos con 30 años de aportes.
Documentación obligatoria (Formularios)
Para iniciar la gestión, se deben presentar los siguientes formularios específicos:
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PS 6.293: Certificación del dador de trabajo (firmada y certificada).
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PS 6.294: Declaración Jurada sobre documentación (con pruebas de respaldo).
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PS 6.292: Declaración Jurada del solicitante por cada empleador tenido.
Pruebas de la relación laboral
Además de los formularios, se deben aportar documentos que acrediten el trabajo realizado, tales como:
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Recibos de sueldo y boletas de depósito.
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Libreta sanitaria y de trabajo.
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Constancias de afiliación sindical y de obra social.
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Formularios de ARCA (ex AFIP): 102B, 102RT, 575B, 575RT, según corresponda.
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Constancias de transferencias bancarias o VEP.
Dato Clave: Las contribuciones deben ser iguales o mayores a la cuota de 16 horas semanales. Si se trabajó menos tiempo, la Dirección de Asesoramiento Previsional ayudará a confeccionar un formulario para pagar la diferencia y completar el requisito.
¿Dónde y cómo realizar el trámite?
La atención es presencial en la ciudad de San Juan:
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Lugar: Casa de Gobierno, Pabellón N°5 (Calle P.A. de Sarmiento 134 Norte).
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Horario: Lunes a viernes de 7:30 a 14:30 h.
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Requisitos mínimos para asistir: Llevar DNI original, tener activa la Clave de Seguridad Social (ANSES) y la Clave Fiscal (ARCA/AFIP).
Recomendación oficial: Se sugiere iniciar estas gestiones con tiempo de antelación y no esperar al mes exacto del cumplimiento de la edad jubilatoria para evitar demoras en la acreditación de años de servicio.



