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jueves, mayo 28, 2026

La Cámara Nacional Electoral revoca el voto a Cristina Kirchner tras condena por corrupción

 El tribunal de alzada anuló la decisión de una jueza de Río Gallegos y reafirmó la exclusión del padrón electoral.

Buenos Aires, 15 de septiembre de 2025 – La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió por unanimidad revocar la decisión que habilitaba a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a ejercer su derecho al voto, a pesar de su condena firme a seis años de prisión por corrupción en la causa “Vialidad”.

El fallo, firmado por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, anuló la resolución del 18 de julio de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien había declarado la inconstitucionalidad de artículos del Código Penal y del Código Nacional Electoral que inhabilitan y excluyen del padrón a personas condenadas por delitos dolosos.

Los fundamentos del tribunal

La CNE explicó que la resolución de la jueza Borruto no cumplía con las “condiciones mínimas” establecidas en el precedente Orazi de la Corte Suprema. Según el máximo tribunal, la habilitación del derecho al voto solo puede disponerse en un caso concreto, a pedido del propio interesado o del Ministerio Público, y con una verificación de que el voto sea “jurídica y fácticamente viable”. En el caso de la expresidenta, la habilitación se dictó de oficio, sin que existiera un pedido expreso de su parte ni del Ministerio Público.

El tribunal de alzada también se remitió al fallo Procuración Penitenciaria, donde la Corte había instado al Congreso a revisar la normativa sobre las restricciones al sufragio de personas condenadas, pero no había declarado la inconstitucionalidad de la misma.

El impacto político

Con esta decisión, Cristina Kirchner queda formalmente excluida del padrón electoral, lo que impacta de lleno en su situación política. Este fallo sienta un antecedente relevante en torno a la aplicación de la inhabilitación de personas condenadas por delitos de corrupción.

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