Las entidades financieras y aplicaciones como Mercado Pago solo informarán a la agencia recaudadora sobre transferencias o saldos que superen los 50 millones de pesos en personas físicas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los límites a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben notificar de forma automática los movimientos de sus usuarios. Con la norma vigente desde agosto de 2026, las transferencias entre cuentas y los saldos al cierre del mes tendrán un margen operativo mucho más amplio antes de activar alertas del sistema.
Los nuevos topes para transferencias e inversiones
El cambio normativo eleva sustancialmente el valor previo (que se ubicaba en $2.000.000 para personas humanas), adecuándolo a los volúmenes actuales de la economía:
| Tipo de Movimiento / Operación | Persona Física | Persona Jurídica |
| Transferencias y acreditaciones | $50.000.000 | $30.000.000 |
| Saldos bancarios y virtuales acumulados | $50.000.000 | $30.000.000 |
| Plazos fijos e inversiones | $100.000.000 | $30.000.000 |
| Extracciones en efectivo | $10.000.000 | $10.000.000 |
¿Qué sucede si una transferencia supera el monto?
El reporte de una transferencia que exceda los $50 millones no implica una sanción inmediata ni el bloqueo de los fondos:
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Informe automático: La billetera virtual o entidad bancaria notifica a ARCA la acreditación o el envío de los fondos.
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Cruce sistémico: El organismo contrasta la transferencia con la facturación emitida, los ingresos declarados, el perfil fiscal y los bienes registrados del usuario.
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Pedido de documentación: Solamente si el dinero transferido no guarda relación con la actividad o ingresos declarados, la agencia fiscal requerirá los comprobantes o justificativos de origen (como facturas, boletos de venta de bienes o contratos).



