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lunes, noviembre 2, 2026

Trámite obligatorio: Rentas recordó cómo informar los pagos por transferencia para evitar recargos

Bajo la Resolución N.º 1207-DGR-2026, los contribuyentes sanjuaninos deben registrar la operación de forma virtual el mismo día en que se realiza. Ya no se recibirán avisos por correo electrónico.

SAN JUAN.– La Dirección General de Rentas (DGR) emitió un recordatorio clave para todos los contribuyentes provinciales respecto al mecanismo obligatorio para validar y acreditar los pagos de obligaciones fiscales que se realicen mediante transferencia bancaria. El procedimiento, enmarcado bajo la Resolución N.º 1207-DGR-2026, busca agilizar la carga de datos y ordenar las cuentas tributarias.

De acuerdo con la normativa vigente, cuando un ciudadano opte por abonar una boleta a través de una transferencia, tendrá la obligación de informar y registrar dicha operación hasta las 23:59 horas del mismo día en que efectuó el movimiento bancario. Las autoridades advirtieron que, en caso de no completar este paso dentro del plazo fijado, el importe transferido ingresará al sistema únicamente como un crédito genérico en la cuenta de Rentas, por lo que la boleta específica podría figurar como impaga o generar intereses por mora de manera automática.

Paso a paso: Cómo realizar el «Aviso de Transferencia»

El trámite se realiza de forma 100% digital y requiere que el usuario cuente con sus credenciales de acceso provinciales. La ruta para completar la declaración es la siguiente:

  1. Ingresar al sitio web oficial de la Dirección General de Rentas de San Juan.

  2. Iniciar sesión con el usuario único de Ciudadano Digital (CIDI).

  3. Navegar hacia la sección de Solicitudes y Trámites.

  4. Seleccionar la opción Pagos / Inconsistencias / Prescripciones.

  5. Hacer clic e iniciar el formulario específico denominado «Aviso de Transferencia Bancaria».

Fin del aviso por mail y requisitos de documentación

Un cambio sustancial que remarca el organismo recaudador es que Rentas dejó de recibir de manera definitiva los comprobantes a través de la antigua casilla de correo electrónico (sanjuandgr@sanjuan.gov.ar). Cualquier correo enviado a esa dirección con este propósito no será tomado en cuenta para la cancelación de deudas.

Al momento de cargar el trámite en la plataforma CIDI, el sistema solicitará de manera obligatoria adjuntar dos archivos en formato PDF:

  • La boleta de pago emitida por Rentas, la cual debe estar perfectamente legible y completa.

  • El comprobante definitivo de la transferencia bancaria provisto por el home banking o la entidad financiera.

Plazo de acreditación y restricciones: Una vez remitidos correctamente los archivos, el área de sistemas de la DGR imputará el pago en la cuenta del contribuyente en un lapso estimado de 48 horas hábiles. Asimismo, la repartición recordó que ninguna deuda que ya se encuentre en etapa de gestión judicial puede cancelarse mediante transferencias bancarias comunes, debiendo resolverse por los canales legales previstos para apremios fiscales.

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