A través de la Resolución 549/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación oficializó un cambio de paradigma en la política sanitaria: se levanta la prohibición vigente sobre los vapeadores y bolsas de nicotina para dar paso a un mercado regulado y fiscalizado.
La medida busca transparentar un consumo que, pese a estar prohibido, alcanzó una prevalencia del 35,5% en adolescentes durante el último año. El objetivo es pasar de la «prohibición ineficaz» a un control estricto de calidad y trazabilidad.
Los puntos clave del nuevo marco regulatorio
El Ejecutivo, bajo la conducción de Mario Lugones, estableció lineamientos estrictos para la comercialización de estos productos de «nueva generación»:
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Sabores restringidos: Se prohíben los sabores atractivos para menores (frutales, dulces, etc.). Solo se autorizan sabores tabaco para líquidos y sticks, y tabaco o mentol para bolsas de nicotina.
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Fin de los «desechables»: Queda expresamente prohibida la venta de cigarrillos electrónicos descartables con soluciones precargadas, identificados como la principal puerta de entrada al consumo juvenil.
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Advertencias sanitarias: Al igual que el cigarrillo convencional, los envases deberán incluir advertencias de salud y tienen prohibido usar imágenes de celebridades o diseños llamativos para niños.
Creación del Registro Nacional (RNPTN)
Para poder importar o vender en el país, las empresas deberán inscribirse en el nuevo Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina. Este sistema implica:
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Fiscalización técnica: Presentación de fórmulas completas, información toxicológica y análisis de emisiones realizados en laboratorios acreditados.
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Vigilancia epidemiológica: Las empresas deberán informar volúmenes de venta y rangos etarios de sus consumidores.
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Vigencia limitada: Las autorizaciones durarán cinco años, sujetas a reevaluación según la evidencia científica disponible.
El argumento oficial
Desde el Ministerio de Salud explicaron que este modelo se alinea con experiencias de Estados Unidos y el Reino Unido. El argumento central es que, al legalizar y registrar los productos, el Estado recupera la capacidad de:
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Combatir el mercado ilegal y el contrabando.
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Garantizar estándares mínimos de seguridad sanitaria (evitando sustancias adulteradas).
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Establecer un monitoreo real sobre el acceso de menores de edad.
Cualquier producto que no esté debidamente inscripto en el nuevo registro a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia) será considerado ilegal y su comercialización estará prohibida en todo el territorio nacional.



