BUENOS AIRES. El Gobierno nacional dejó sin efecto la restitución de las pensiones no contributivas por invalidez de más de 21.800 personas, quienes deberán solicitar la rehabilitación de sus beneficios en un plazo de 60 días corridos a partir de la notificación oficial. La medida quedó formalizada este jueves mediante la publicación de dos resoluciones de la Secretaría Nacional de Discapacidad (dependiente del Ministerio de Salud) en el Boletín Oficial.
La Resolución 3695/2026 anuló los efectos de la norma previa (Resolución 13901/25), que en octubre de 2025 había restituido los haberes suspendidos durante los procesos de auditoría impulsados entre junio y agosto de ese mismo año. Aquella restitución se había concretado en cumplimiento de una medida cautelar dictada por el Juzgado Federal N.º 2 de Catamarca.
Canales habilitados y presentación ante el PAMI
A través de la Resolución 3697/2026, el Poder Ejecutivo modificó el esquema de atención presencial para tramitar la rehabilitación: las oficinas y Unidades de Gestión Local (UGL) del PAMI reemplazarán a las dependencias de la ANSES como receptoras de la documentación.
Para no perder la prestación, los titulares alcanzados deberán presentar dentro de los 60 días corridos documentación médica actualizada, renovación de datos personales y la acreditación de cumplimiento de los requisitos vigentes.
Los canales habilitados para presentar el trámite son:
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Atención presencial: Agencias y UGL del PAMI, o dependencias de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
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Plataforma web: Formulario de Consultas del Ministerio de Salud o a través de Trámites a Distancia (TAD) en el apartado «Presentación de Documentación para Pensión Invalidez».
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Vía correo electrónico: Envío de documentación a la casilla oficial citacion@senadis.gob.ar.
Una vez recibidos los antecedentes, las áreas técnicas de la Secretaría Nacional de Discapacidad evaluarán cada expediente de manera individual para determinar si corresponde reabrir la liquidación del haber mensual.



