El hecho ocurrió a las 04:00 de este martes cerca del Kilómetro 14. Al intentar esquivar un bache, el conductor reventó dos neumáticos del mismo lado, quedando varado en plena oscuridad. Tras recibir auxilio de vecinos de Chepes, debieron comprar cubiertas nuevas para poder continuar su viaje hacia Córdoba.
1. El accidente en la madrugada
El siniestro se produjo en las cercanías de la rotonda del Kilómetro 14, un sector conocido por las malas condiciones del asfalto:
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El daño: La pérdida de dos cubiertas en simultáneo dejó al vehículo inutilizado, ya que los autos particulares solo cuentan con un auxilio.
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La asistencia: Un vecino de Chepes acudió al llamado de auxilio de la familia, quienes debieron regresar a la ciudad riojana para realizar el gasto imprevisto en neumáticos nuevos antes de retomar su ruta.
2. Guía de acción: ¿Qué hacer ante daños por baches?
Si tu vehículo sufre roturas por el mal estado de la ruta (ya sea nacional, provincial o municipal), tienes derecho a un resarcimiento económico. Para lograrlo, es vital actuar con precisión en el momento del hecho:
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Documentación inmediata: Saca fotos de los daños del auto, del pozo específico que causó el problema y de la falta de señalización en la zona.
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Acta Policial: Llama a la policía para que labren un acta en el lugar. Este documento es la prueba reina para cualquier reclamo posterior.
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Testigos: Si alguien te auxilió o presenció el hecho, solicita sus datos de contacto.
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Denuncia al seguro: Informa a tu compañía para que quede constancia del siniestro, aunque no cubra la rotura de neumáticos.
3. ¿Quién debe pagar los daños?
La legislación argentina es clara: el ente encargado del mantenimiento (Estado o concesionaria) debe indemnizar al usuario. La responsabilidad se divide según la jurisdicción:
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Rutas Nacionales (como la 141): La responsabilidad es de Vialidad Nacional.
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Rutas Provinciales: El reclamo debe dirigirse a la Dirección Provincial de Vialidad.
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Calles Municipales: La responsabilidad recae sobre el Municipio correspondiente.
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Autopistas con Peaje: La empresa concesionaria es la responsable directa.
Principio Legal: El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad vial. «Quien causa un daño por omisión de mantenimiento, debe repararlo».
Resumen del Incidente (RN 141)
| Detalle | Información |
| Fecha y Hora | Martes 14 de abril, 04:00 hs. |
| Lugar | Ruta Nacional 141, cercanías Km 14 (Chepes). |
| Daños | Dos neumáticos reventados. |
| Jurisdicción para reclamo | Vialidad Nacional. |



