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viernes, octubre 30, 2026

La Legislatura debatirá el proyecto de la Corte para aplicar el nuevo Régimen Penal Juvenil en San Juan

La Cámara de Diputados sesionará el lunes 14 de septiembre para tratar la ley transitoria enviada por la Corte de Justicia. La iniciativa introduce mecanismos alternativos como la conciliación, la reparación integral del daño, la suspensión del juicio a prueba y el juicio abreviado para menores de edad.

En una sesión especial convocada para el próximo lunes 14 de septiembre a las 10:00 horas, la Cámara de Diputados de San Juan abordará el proyecto de ley complementaria y transitoria elaborado por la Corte de Justicia provincial. La propuesta busca adaptar el marco procesal de San Juan a las exigencias del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley Nacional 27.801), vigente desde el pasado 5 de septiembre.

Como instancia previa al debate parlamentario, este jueves 10 de septiembre a las 11:00 horas, el presidente de la Corte de Justicia, Dr. Daniel Olivares Yapur, asistirá a la Legislatura para participar en el análisis del proyecto junto a los legisladores.

Mecanismos alternativos de resolución de conflictos

El proyecto transitorio faculta al fiscal de Niñez y Adolescencia, a la defensa o al juez (de oficio) a aplicar soluciones alternativas para evitar llegar al juicio oral en causas que involucran a menores:

  1. Conciliación:

    • Aplicación: Procederá en delitos patrimoniales cometidos sin violencia grave y en delitos culposos que no hayan provocado lesiones gravísimas ni la muerte.

    • Excepciones: Quedan excluidos los delitos con penas máximas superiores a los seis años, así como los atentados contra la vida, la integridad sexual, los poderes públicos y el orden constitucional.

    • Efecto: De ser homologado por el juez y cumplido el acuerdo, se extinguirá la acción penal.

  2. Reparación integral del perjuicio:

    • El juez evaluará la propuesta del adolescente y las posturas de las partes. Al cumplirse la reparación en la forma pactada, se dictará el sobreseimiento del menor.

  3. Suspensión del juicio a prueba:

    • Podrá solicitarse desde la indagatoria hasta la audiencia de debate.

    • En caso de otorgarse, el magistrado fijará las reglas de conducta y la reparación simbólica, bajo supervisión del Equipo Técnico y de un Tutor/Supervisor.

Pautas para el Juicio Abreviado

La norma habilita el juicio abreviado para cualquier delito de acción pública, siempre que exista un acuerdo consensuado entre el fiscal, el adolescente, su defensor y el Asesor Penal de Niñez y Adolescencia sobre la autoría del hecho, la calificación legal y la pena:

  • Límites de la pena: El juez no podrá aplicar una sanción mayor a la requerida por la fiscalía, aunque mantiene la facultad de absolver.

  • Resguardo de derechos: En caso de rechazarse el acuerdo abreviado, las admisiones de culpabilidad realizadas por el adolescente no podrán ser utilizadas en su contra durante el posterior debate oral.

Una herramienta de carácter provisorio

La propuesta tendrá vigor como norma complementaria de la Ley Provincial 754-O hasta que la provincia culmine la adecuación definitiva de su código procesal hacia el modelo acusatorio adversarial. La Corte argumentó que esta ley de transición resulta imprescindible para cubrir el vacío operativo y brindar celeridad a los procesos judiciales de adolescentes.

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