El Gobierno Nacional ha oficializado una medida trascendental que impactará significativamente la estructura del empleo público. Se ha confirmado que aquellos agentes estatales que no hayan logrado superar el examen de idoneidad, una herramienta de evaluación implementada desde el año anterior con el objetivo de medir las competencias y conocimientos necesarios para el ejercicio de sus funciones, serán desvinculados de sus respectivos cargos a partir del segundo semestre del año 2025. Esta decisión, que busca optimizar la eficiencia y el rendimiento dentro de la administración pública, marca un punto de inflexión en la gestión de personal del Estado.
El nuevo requisito para acceder y mantener un puesto de trabajo dentro del ámbito estatal ha quedado formalmente establecido a través de la publicación de la Resolución N° 48/2025 en el Boletín Oficial de la República Argentina. Este instrumento legal detalla los lineamientos y la obligatoriedad de la evaluación, consolidando la política gubernamental en materia de calidad del empleo público. La resolución, que lleva la rúbrica del Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, subraya la firmeza de la administración en la implementación de esta reforma. Se especifica claramente que la nueva normativa entrará en plena vigencia a partir del 1 de julio de 2025, estableciendo un cronograma preciso para su aplicación.
El artículo 1° del documento oficial es explícito al señalar el alcance de la medida: “Establécese que, a partir del 1° de julio de 2025, los sujetos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 [Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional] solo podrán contratar y/o efectuar renovaciones en los términos del artículo 93 de la Ley N° 20.744 [Ley de Contrato de Trabajo] al personal que hubiera aprobado la Evaluación General de Conocimientos y Competencias en los términos de la Resolución de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública N° 26/24”. Esta disposición legal vincula directamente la continuidad laboral y la posibilidad de nuevas contrataciones a la aprobación del mencionado examen, sentando un precedente claro sobre los estándares de exigencia para el personal estatal.
En el mes de diciembre del año anterior, el Poder Ejecutivo había informado los resultados preliminares de la implementación de esta evaluación, destacando que un significativo 95% de los empleados públicos que se sometieron a la prueba lograron aprobarla en el primer intento. En aquel entonces, la cartera liderada por el Ministro Sturzenegger comunicó que aproximadamente 9000 trabajadores estatales que revistaban bajo las modalidades de planta transitoria y contratados habían completado este examen, el cual tenía carácter obligatorio y se centraba en la evaluación de preguntas diseñadas para medir competencias básicas esenciales para el desempeño en la administración pública.
La medida tiene un alcance comprehensivo, abarcando a la totalidad del sector público nacional. Esto incluye no solo a los funcionarios de la administración central y sus organismos descentralizados, sino también a las empresas y sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y las sociedades de economía mixta, los entes públicos que gozan de autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, así como los diversos fondos fiduciarios que operan bajo la órbita del Estado. Esta amplitud en el alcance subraya la intención del Gobierno de generar un impacto transversal en toda la estructura administrativa.
De esta manera, aquellos agentes que no hayan logrado superar el examen de idoneidad se verán imposibilitados de ser contratados como funcionarios o colaboradores del Estado, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 93 de la Ley N° 20.744 de Contratos de Trabajo, a partir del segundo semestre de 2025. Esta disposición legal, referida a la extinción del contrato de trabajo por mutuo acuerdo o por voluntad unilateral del trabajador, se utiliza en este contexto para enmarcar las consecuencias de no cumplir con el nuevo requisito de idoneidad.
Fuentes oficiales han precisado una implicación crucial de esta normativa: en caso de existir algún documento contractual vigente con fecha posterior al 30 de junio de 2025 para aquellos empleados que no aprobaron el examen, dicho documento será anulado en razón de la entrada en vigor de la nueva regulación. Esta aclaración busca evitar confusiones y asegurar la correcta implementación de la medida a partir de la fecha establecida.
Este proceso de evaluación de idoneidad forma parte integral de un plan estratégico impulsado por el Gobierno Nacional con el objetivo primordial de llevar a cabo una reestructuración integral de la administración pública. Las metas subyacentes a este plan incluyen la reducción del tamaño del aparato estatal y, fundamentalmente, la elevación de los estándares de desempeño de todos sus trabajadores, buscando una mayor eficiencia y calidad en la prestación de servicios a la ciudadanía.
Se han diseñado tres tipos de evaluaciones específicas para adaptarse a las diferentes funciones dentro del Estado: una orientada a “servicios generales”, otra dirigida al personal “administrativo” y una última enfocada en los perfiles “profesionales”. Un aspecto crucial de este proceso es que todas las evaluaciones se realizan de manera anónima, garantizando la objetividad en la corrección. Cada examen tiene una duración de una hora y se lleva a cabo de forma presencial, utilizando un formato de multiple-choice para facilitar la evaluación masiva y eficiente. Finalmente, se ha dispuesto que cada trabajador cuenta con tres intentos para lograr la aprobación del examen, brindando oportunidades para demostrar su idoneidad.
Según la información proporcionada en el anuncio inicial de esta iniciativa, el procesamiento de los resultados se realiza de forma automática, lo que busca minimizar cualquier posibilidad de sesgo o subjetividad en la corrección de las pruebas. Este mecanismo tecnológico refuerza la transparencia y la equidad del proceso de evaluación.


