A pocas horas de las elecciones legislativas nacionales del próximo domingo 26 de octubre de 2025, el Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, recordó a la ciudadanía cuáles son los documentos habilitados para sufragar.
Según la normativa vigente, los electores podrán utilizar las siguientes versiones del Documento Nacional de Identidad (DNI) para emitir su voto:
- DNI tarjeta (la versión más actual).
- DNI tarjeta de libreta celeste (incluso si tiene la leyenda «no válido para votar» y sin especificación de ejemplar).
- DNI libreta celeste.
- DNI libreta verde.
- Libreta de Enrolamiento.
- Libreta Cívica.
A tener en cuenta: DNI Digital no es válido
Un punto crucial que debe recordar el elector es que el ejemplar del documento que presente debe ser igual o posterior (más nuevo) al que figura en el padrón electoral.
Además, las autoridades reiteraron que el DNI digital, la versión utilizada en dispositivos móviles a través de aplicaciones oficiales, no es válido para votar. Por lo tanto, se recomienda a todos los ciudadanos llevar el documento físico correspondiente el día de los comicios para garantizar su derecho al voto.



