Buenos Aires, Argentina (10 de junio de 2025) – En una decisión de alto impacto que conmociona el escenario político y judicial argentino, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó el fallo dictado en noviembre pasado por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en la emblemática causa Vialidad.
Esta determinación deja firme la condena contra la expresidenta Cristina Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, además del decomiso de unos 84.000 millones de pesos.
Desde el retorno de la democracia en 1983, Cristina Kirchner se convierte en la segunda ex presidenta en ser condenada por la Justicia argentina, junto a Carlos Menem. La decisión de la Corte fue adoptada por unanimidad por los tres jueces del máximo tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Los magistrados rechazaron las apelaciones de la defensa de la exmandataria y de los otros ocho condenados, así como la del fiscal Mario Villar, utilizando la fórmula del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, en este caso acompañada de fundamentos detallados dada la trascendencia institucional del caso.
La sentencia, que resuelve «Rechazar el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner. Confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública», subraya que «El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley».
Fundamentos de la Decisión y Pruebas Clave
La Corte sostuvo que las sentencias previas se basaron en «profusa prueba producida» y que no se demostró vulneración de garantías constitucionales. Remarcaron que «Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático».
Entre los argumentos clave presentados por el tribunal, se destacó la relación personal y comercial entre Fernández de Kirchner y Lázaro Báez, quien a través de sus sociedades realizó contratos de locación y gerenciamiento con empresas hoteleras de la familia Kirchner. La Corte también hizo hincapié en la modificación implementada por el Decreto 54/2009, firmado por la entonces Presidenta, que permitió a la Dirección Nacional de Vialidad financiar directamente obras viales que eran irregularmente adjudicadas a Báez.
Los jueces señalaron que esta decisión presidencial «relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para los intereses particulares» y que Cristina Kirchner «quiso que el resultado delictivo sea una consecuencia de su propia acción y tuvo, además, el ánimo de lucro requerido por el tipo».
Además, la sentencia destacó que la defensa de la exmandataria no logró rebatir las «demás circunstancias ponderadas por el a quo respecto de la intervención personal de la recurrente en los hechos, en particular, el beneficio económico obtenido». Se hizo mención a las advertencias ignoradas por Cristina Kirchner, como las alertas de los servicios jurídicos al firmar el Decreto 54/2009 y las denuncias de cartelización de obra pública. También se consideraron los mensajes de WhatsApp del celular de José López, que evidenciaron connivencia en la etapa final de la maniobra delictiva.
La Corte también criticó la falta de fundamentación autónoma y las diversas falencias en la presentación de la defensa, que incluyeron «meras conjeturas» sobre la imparcialidad de jueces y fiscales sin pruebas concretas.
Futuro Judicial y Político
Ahora, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) deberá resolver sobre las condiciones de detención de Cristina Kirchner y los otros ocho condenados, incluyendo Lázaro Báez y José López. Es altamente probable que a la exmandataria se le conceda el beneficio de arresto domiciliario por superar los 70 años de edad.
Este fallo tiene implicaciones políticas inmediatas de gran calado: la inhabilitación perpetua impedirá a Cristina Kirchner participar en las próximas elecciones legislativas, donde se rumoreaba que planeaba competir por una banca provincial. Este hecho la convierte en el de mayor impacto en el escenario político y judicial actual del país.
Condenados y Absueltos en la Causa Vialidad
La condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua contra Cristina Kirchner y otros acusados en la causa Vialidad fue dictada en 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2. Este fallo fue confirmado por la Sala IV de Casación en noviembre pasado.
La Casación también confirmó las condenas por fraude a la administración pública de:
- Lázaro Báez: 6 años de prisión
- José López: 6 años de prisión
- Nelson Periotti: 6 años de prisión
- Juan Carlos Villafañe: 5 años de prisión
- Raúl Pavesi: 4 años y 6 meses de prisión
- José Santibáñez: 4 años de prisión
- Mauricio Collareda: 4 años de prisión
- Raúl Daruich: 3 años y seis meses de prisión
A todos ellos se les impuso también la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, aspecto que la Corte Suprema ratificó.
Por decisión mayoritaria, la Casación rechazó la pretensión del Ministerio Público Fiscal de aplicar la figura de asociación ilícita, manteniendo la absolución del tribunal oral en ese delito. El juez Gustavo Hornos votó en disidencia, considerando que sí correspondía aplicar dicha figura.
La decisión de la Corte también deja firmes las absoluciones de Julio De Vido, Abel Fatala, Héctor Garro, y el sobreseimiento por prescripción de Carlos Kirchner.
Finalmente, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal homologó el decomiso de aproximadamente 84.000 millones de pesos, dinero que volverá a las arcas del Estado.
Los Hechos Juzgados:
Los hechos juzgados en la causa Vialidad se refieren a la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015. La Justicia determinó que, en este marco, tuvo lugar una notable maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses de la administración pública nacional.
La empresa Austral Construcciones SA, principal beneficiaria de obra pública de Santa Cruz, inició sus actividades días antes de ser irregularmente adjudicataria de un gran caudal de contratos en licitaciones públicas sin competencia alguna. La Justicia comprobó que la empresa fue continuamente beneficiada con la asignación ilimitada de fondos públicos, a pesar de irregularidades. Incluso en épocas de crisis, continuó recibiendo un flujo importante de fondos. Tras las elecciones de 2015, Austral Construcciones abandonó intempestivamente las obras en el marco del “Plan limpiar todo”.
También se demostró que las obras viales fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas a Lázaro Báez, cuyo crecimiento económico estuvo asociado a la asignación de obra pública. Los imputados, exfuncionarios de agencias viales, convalidaron irregularidades en las licitaciones y ejecución de obras. Se responsabilizó especialmente a José López, ex Secretario de Obras Públicas.
La Participación de CFK: Decretos y Comunicaciones
La investigación demostró un conjunto de actos de gobierno del Poder Ejecutivo Nacional con la finalidad de concretar la maniobra. Se destacó la firma por parte de Cristina Kirchner del Decreto PEN 54/09, que permitió a la Dirección Nacional de Vialidad financiar directamente las obras viales adjudicadas irregularmente a Báez.
El voto del juez Borinsky señaló que la ex Presidenta «transgredió los deberes extrapenales habilitando jurídicamente la obligación abusiva» del fideicomiso creado por el Decreto 976/2001 (tasa gasoil), perjudicando los intereses confiados como representante del Estado. Los cambios permitieron el uso discrecional de fondos, lo que derivó en un perjuicio de al menos 84 mil millones de pesos para la Administración Pública Nacional.
La sentencia también detalló las advertencias que Cristina Kirchner ignoró, incluyendo alertas de servicios jurídicos, denuncias de cartelización y los comprobados vínculos comerciales con Báez. Asimismo, los mensajes de WhatsApp encontrados en el teléfono celular de José López revelaron una connivencia en el tramo final de la maniobra para dotar de impunidad el hecho ilícito. Estos mensajes vincularon a López con Lázaro Báez y Julio Mendoza, y revelaron reuniones entre López y la expresidenta vinculadas a su intervención directa en el “Plan limpiar todo” al final de su mandato.


