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sábado, mayo 30, 2026

El Gobierno propuso modificar  el Presupuesto Nacional para salarios, subsidios y servicios esenciales

 El Gobierno nacional dispuso una nueva modificación del presupuesto nacional, asignando recursos adicionales para el pago de salarios, subsidios, equipamiento y el funcionamiento de diversas áreas. La medida se oficializó este martes a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 425/2025, publicado en el Boletín Oficial.

Según la normativa, esta adecuación presupuestaria se sustenta en la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social, declarada hasta diciembre de 2025 en el DNU 70/23 y ratificada por la Ley Bases.

El Ejecutivo argumentó que, «dada la emergencia económica actual, es necesario que el Gobierno Nacional pueda asegurar una distribución razonable de sus recursos con el fin de poder cumplir con sus obligaciones». De no realizarse esta adecuación de forma inmediata, «peligraría la prestación de ciertos servicios esenciales cuyo responsable es el Estado Nacional», advierte el texto oficial.


Destino de los fondos y medidas para la liquidez estatal

El DNU 425/2025 detalla que la modificación presupuestaria contempla, entre otras cuestiones, el refuerzo de los créditos destinados a gastos en personal para atender las necesidades salariales vigentes. Además, se asignan más fondos para gastos de funcionamiento, equipamiento, pago de subsidios, becas, compensaciones y transferencias varias, todas erogaciones fundamentales para el cumplimiento de las funciones de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.

En paralelo, la normativa establece que los organismos del Sector Público Nacional (con algunas excepciones como bancos públicos, Poder Legislativo, Poder Judicial y Ministerio Público) deberán invertir sus excedentes transitorios de liquidez en las licitaciones de Títulos Públicos y/o Letras del Tesoro que realiza periódicamente el Tesoro Nacional. Esta disposición busca optimizar el manejo de los fondos estatales sin afectar las actividades específicas ni las finalidades de los patrimonios administrados.

Asimismo, se instauró un régimen de información mensual, por el cual estas entidades deberán suministrar a la Secretaría de Hacienda datos sobre el flujo de fondos ejecutado y proyectado, así como el estado de sus

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